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PROCEDIMIENTO DE LIBERACIÓN

De Transporte en Aduana

¿Qué hacer la aduana retiene la mercancía de procedencia extranjera por incumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas de etiquetado y omisión de Cuenta Aduanera de Garantía, y queda retenido el medio de transporte?

1. Tu vehículo debe estar legalmente en el país; deberás contar con la documentación que acredite la legal estancia, tenencia o propiedad.

  • En el caso de vehículos de fabricación nacional, se deberá contar con la factura comercial.

  • En el caso de vehículos de procedencia extranjera, se deberá contar con el pedimento de importación.

2. Asegúrate de que todos los servicios que prestes vayan acompañados de su carta porte debidamente requisitada, junto con una copia simple, ya que este documento será necesario e indispensable para la liberación de tu vehículo.

3. Una vez finalizado el reconocimiento aduanero y previo al levantamiento del acta de hechos por retención de mercancías conforme al artículo 158 de la Ley Aduanera en vigor, entregar copia simple de la carta porte que ampare el servicio al dependiente de la agencia aduanal, para que este a su vez, se la entregue a la autoridad aduanera encargada de levantar el acta y esta se integre en el cuerpo de la misma.

4. Cuando la autoridad aduanera le haya notificado al dependiente de la agencia aduanal el acta de hechos por retención de mercancías conforme al artículo 158 de la Ley Aduanera, deberás solicitarle el número de acta al dependiente. Este número lo utilizarás en el escrito de solicitud de liberación, el cual se menciona en el siguiente punto.

5. Una vez que la autoridad aduanera haya retenido la mercancía y el medio de transporte, deberás elaborar un escrito dirigido al administrador de la aduana, solicitándole la liberación del vehículo y la descarga de la mercancía en el recinto fisccal (aduana) o recinto fiscalizado (bodegas autorizadas por la aduana), adjuntando al escrito los siguientes documentos:

Personas Físicas

  • Copia simple de la identificación oficial vigente.

  • Copia simple de la factura comercial en caso de vehículos de fabricación nacional.

  • Copia simple del pedimento de importación para vehículos de procedencia extranjera.

  • Original y copia de la carta porte que ampare el servicio prestado

Personas Morales

  • Copia simple del poder notarial que lo acredite como representante legal.

  • Copia simple de la factura comercial en caso de vehículos de fabricación nacional.

  • Copia simple del pedimento de importación para vehículos de procedencia extranjera.

  • Original y copia de la carta porte que ampare el servicio prestado

El escrito deberá notificarse en la Oficialía de Partes de la Aduana en donde se haya embargado la mercancía.

6. Hecho lo anterior, procederá la liberación de tu vehículo.

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